Respecto a si es más conveniente pagar las multas o recurrir, la conveniencia o no de recurrir una multa de tráfico dependerá del contenido de la propia denuncia, ya que en ocasiones es conveniente, e incluso obligado, recurrir, mientras que otras veces conviene pagar la multa, sobre todo si la denuncia parece correcta, el importe no es elevado y no conlleva retirada de puntos.
Pagar las multas o recurrir
Es bastante común que ante una sanción de tráfico nos preguntemos si vale la pena recurrirla o conviene pagarla lo antes posible y olvidarnos del problema.
Hay que partir del hecho de que no todas las multas son iguales, y si bien la Administración es cada vez más, juez y parte, antes de tomar la decisión de cancelar económicamente la supuesta infracción, conviene examinar cuidadosamente y en profundidad la sanción.
Esta tarea de análisis de la denuncia debe tener la finalidad de identificar alguna posible falencia de hecho o derecho, tanto en el contenido formal de la misma como en la relación de hechos plasmada. El descubrimiento de alguna de estas fallas podría poner en cuestión la obligación de pago de la infracción. Si realmente creemos que existen suficientes razones que podrían significar la anulación de la sanción, debemos usarlas como argumento de recusación mediante un trámite formal de recurso de la multa. Este recurso no significará una condonación segura, por lo que si la Administración la desestima, deberemos cancelar la multa dentro del plazo legalmente establecido.
Si todo este trance nos resulta demasiado engorroso, o no nos sentimos preparados para afrontarlo o interpretarlo correctamente, lo más recomendable es que consultemos con una agencia o despacho legal dedicado a esta especialidad jurídica, como pueden ser las denominadas empresas quitamultas, así como bufetes de abogados o compañías aseguradoras del automóvil que presten este servicio. Esta consulta puede aclararnos si el expediente sancionador que la Administración está cursando por infracción de tráfico se ajusta a las obligaciones legales establecidas para estos casos, ya que de no ser así, la sanción podría quedar sin efecto.
La acusación de la Administración nunca debe omitir o dificultar las instancias de defensa del supuesto infractor, al contrario, debe informar cumplidamente de los posibles recursos. En este sentido, debe dar lugar a una audiencia y a una fase probatoria, donde el sancionado pueda presentar su descargo y sus pruebas.
Los supuestos infractores deberán estar correctamente informados en todo momento con respecto a resoluciones finales, condiciones establecidas para nuevas alegaciones, rango de ley o competencia en la que se sustenta la sanción, así como los plazos máximos para las distintas instancias.
Así pues, la conveniencia o no de recurrir una multa de tráfico dependerá del contenido de lo que la Administración notifique. Hay que tener en cuenta que muchas veces conviene pagar la multa dentro de los plazos establecidos para ello, sobre todo si el procedimiento parece correcto, el importe no es elevado y no conlleva la retirada de puntos, ya que podremos aprovechar los descuentos definidos para quien renuncia a recurrir, en algunos casos de hasta el 50%.
En otras ocasiones en cambio, lo más recomendable será recurrir, en ciertos casos puede considerarse casi obligatorio, por ejemplo si la sanción implica la pérdida de puntos, retirada de la licencia de conducción, sanción penal, una multa elevada o si el boletín de denuncia presenta defectos de forma obvios. Eso sí, debemos ser conscientes de que el simple hecho de recurrir en la mayoría de los casos supone perder los posibles descuentos, por lo que si nuestros recursos son finalmente desestimados tendremos que abonar el importe íntegro de la multa, generalmente junto con intereses de demora.